04/04/2023 -



24/06/2021 - Provinciales
Rechazan planteo de inconstitucionalidad de la ley de interrupción voluntaria del embarazo

La Cámara Federal de Bahía Blanca confirmó este martes el rechazo in límine -sin entrar en el tratamiento del fondo de la cuestión- de la acción declarativa de inconstitucionalidad contra la ley 27.610, de "Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo" interpuesta por el partido NOS de la provincia de La Pampa, por falta de legitimación activa de la parte actora como por inexistencia de un caso concreto que permita propiciar la vía del control judicial.



Con el voto del camarista Roberto Daniel Amábile y la adhesión de su colega, Pablo Candisano Mera, el tribunal de alzada confirmó la resolución del Juzgado Federal de Santa Rosa, ratificando así, el fallo de primera instancia del Juzgado Federal de Santa Rosa. Sin ingresar en el fondo del asunto, señaló que el partido NOS de La Pampa, que impulsó la acción, no está legitimado ni tampoco presentó un caso concreto.
La decisión se dictó en línea con el dictamen del fiscal general subrogante ante ese tribunal, Horacio Azzolin, y de la fiscala a cargo de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres, Mariela Labozzetta, quienes habían solicitado al rechazo en una extensa presentación realizada el 14 de junio pasado, en la cual analizaron los aspectos formales del pedido e ingresaron en el fondo de la cuestión. Antes de esta intervención de la Fiscalía General, la fiscala federal de Santa Rosa, Iara Silvestre, se había pronunciado en el mismo sentido en febrero pasado.


Partido
de 10 miembros
El camarista explicó que, "no surge la representación del interés colectivo que se invoca, no solo en razón de la discutida posibilidad de encuadrar a los partidos políticos como uno de los sujetos habilitados por el artículo 43 de la Constitución Nacional para promover este tipo de planteos, sino que además, por las características particulares que rodean al proceso de reconocimiento de personería en curso que se encuentra impulsando la Junta Promotora del Partido NOS", que "a la fecha impide reconocerle más potestades que las que pudieren otorgarle voluntariamente los diez miembros que de momento la conforman" como parte actora, y "menos aún, la arrogada representación de un interés jurídico concreto, inmediato y sustancial para que la acción resulte procedente".


Inexistencia de un caso concreto
Por otro lado, la Cámara señaló que tampoco se ha demostrado "la existencia de un caso concreto" y, por lo tanto, "no corresponde al Poder Judicial de la Nación hacer declaraciones generales o en abstracto sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de leyes que dicte el Congreso o de los decretos del Poder Ejecutivo Nacional, sino únicamente con relación a la aplicación de estas al hecho o caso contencioso producido".
En ese sentido, citó una vez más la fiscalía para afirmar que el planteo sobre la constitucionalidad y aplicabilidad de la ley 27.610 "no puede ser analizado en abstracto, dado que ello implicaría la intromisión del Poder Judicial, a pedido de un partido político en formación que carece de representantes en el Congreso de la Nación, en una discusión que ya fue suficientemente efectuada y resuelta en el seno de los poderes democráticos". (InfoGEI) n


17/01/2024 -

16/02/2023 -

23/02/2023 -

01/04/2020 -

23/03/2020 -

21/03/2020 -

31/01/2020 -

26/09/2017 -

26/09/2017 -



26/09/2017 -




DIARIO OPINION DE LA COSTA
PROPIETARIO: Mariano Alberto Bobryk
PROPIEDAD INTELECTUAL: RL-2019-11428956-APN-DNDA#MJ
Av. San Bernardo 1617 - San Bernardo del Tuyú
Partido de La Costa - Buenos Aires - Argentina
(C) 2022
Registro DNDA N°04054550