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25/03/2020 - Tordillo: Coronavirus
Establecen horarios comerciales por la emergencia sanitaria

Con el propósito de garantizar el abastecimiento de artículos de primera necesidad, firmé el decreto 84/2020, que establece un nuevo régimen horario para todos los comercios y los negocios que tienen permiso de operar en el contexto de la emergencia sanitaria con aislamiento social preventivo y obligatorio que estableció el gobierno nacional.


 


Estas medidas están orientadas hacia la maximización del ejercicio de los controles de negocios y ciudadanos por parte de las fuerzas de seguridad locales, así como garantizan la provisión de bienes esenciales. El horario establecido es de 9:00 a 19:00 horas a partir de mañana. Los comercios que no atiendan en horario corrido tienen permiso para cerrar sus puertas entre las 13:00 y las 15:30 horas. El incumplimiento puede derivar en multas para los infractores y la única excepción a este régimen horario rige para las farmacias de turno.


Por otra parte, el decreto va en plena connivencia con lo dispuesto con el correspondiente decreto emitido por el Poder Ejecutivo Nacional, que regula a determinadas actividades, tales como los servicios de entrega a domicilio. El objetivo es evitar la superposición de la legislación y garantizar el abasto de productos básicos para todo el pueblo. 




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